lunes, 9 de marzo de 2009

Derecho Previsional

TRÁMITES DE ANSES QUE SE PUEDEN REALIZAR SIN CONCURRIR PERSONALMENTE A SUS OFICINA
ANSES incrementa la cantidad de trámites y consultas que pueden realizarse sin necesidad de concurrir personalmente a una oficina de ANSES.
TRÁMITES Y CONSULTAS DISPONIBLES. A través de la página http://www.anses.gov.ar/ ingresando a la sección Autopista de Servicios usted podrá: Solicitar turnos de atención para iniciar los siguientes trámites: Jubilación; Jubilación por Edad Avanzada; Retiro por Invalidez; Pensión por trabajador fallecido; Pensión por jubilado fallecido; Reconocimiento de servicios; Pensión para Veteranos de Guerra de Malvinas; Reapertura administrativa; Trámites por Convenio Internacional; Seguro por Desempleo; Reajustes de haberes; Tramitar la Jubilación automática para autónomos; Tramitar la Pensión por Jubilado/a fallecido/a; Obtener la Certificación negativa, que acredita que no percibe una prestación; Imprimir la Constancia de CUIL; Generar la Clave de la Seguridad Social. Realizar las siguientes consultas: Controlar aportes y obtener su Historia laboral; Verificar turnos asignados; Realizar en seguimiento de su trámite; Vista de expediente; Conocer los códigos de haberes y descuentos; Informarse de la fecha de liquidación de asignaciones familiares; Saber dónde cobra su jubilación o pensión; Conocer que datos personales tiene registrado en ANSES; Obtener el Comprobante de Empadronamiento a una obra social; Consultar el Padrón Histórico de Autónomos; Modificar el medio de pago y lugar de cobro de Asignaciones Familiares (SUAF). A través del 0800-222-6737, de lunes a viernes de 8 a 20hs usted podrá: Efectuar todo tipo de denuncias; Trabajadores Activos: Obtener la generación, modificación y constancia de CUIL
Solicitar envío de constancias, de formularios y cartillas explicativas; Envío de certificación negativa de aportes, de desempleo y de beneficios. Jubilados y Pensionados: Iniciar el trámite de Pensión por fallecimiento de un jubilado/a; Gestionar cambio de datos, de banco, de obra social y de domicilio del titular beneficiario; Solicitar envío de Constancia de Empadronamiento (CODEM), de beneficio único, del estado de expediente, de Formularios y Cartillas explicativas; Consultar fechas de pago.


PLAN NACIONAL DE REGULARIZACIÓN DEL TRABAJO
El Plan Nacional de Regularización del Empleo es una acción conjunta entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), regulado en el marco de la Ley 25.877, Con este plan, el Gobierno nacional procura combatir el trabajo no registrado; verificar el cumplimiento de las condiciones de trabajo que garanticen el respeto de los derechos fundamentales del trabajo y la debida protección social; alcanzar una mayor eficiencia en la detección y corrección de los incumplimientos de la normativa laboral y la seguridad social; lograr la incorporación al sistema de seguridad social de los trabajadores excluidos; lograr que los empleadores regularicen en forma voluntaria su situación y difundir la problemática derivada del empleo no registrado y los beneficios de su regularización.


DESDE MARZO, MÁS DE 6 MILLONES DE JUBILADOS Y PENSIONADOS PERCIBIRÁN UN AUMENTO DEL 11,69%. Buenos Aires, 23 de febrero de 2009. En una conferencia de prensa en la residencia de Olivos, el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Amado Boudou, junto con el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Carlos Tomada, anunciaron el aumento del 11,69% para jubilados y pensionados a partir de marzo ... Así, el haber mínimo será de $770, y para quienes perciben los $45 del subsidio del PAMI, la mínima ascenderá a $815 ... El aumento alcanza a unos 5.421.794 jubilados y pensionados nacionales, 676.000 beneficiarios de pensiones no contributivas y 20.603 veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

Jubilaciones: se reglamentó la movilidad Se publicó en el Boletín Oficial la resolución 6/2009 de la Secretaría de Seguridad Social, por medio de la cual se instrumentó la movilidad de las jubilaciones. Diariojudicial.com accedió a la reglamentación y comenta los puntos más relevantes. TEXTO COMPLETOhttp://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=37249arriba

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